| Predicate | Object |
|---|
| TITLE (ES) | Segunda confirmación de la moneda. |
| TITLE (LA) | De secunda confirmatione monetæ. |
| 🏷️ dct:subject | moneda |
| hasPart | En el año del Señor de 1307, el quinto día de los Idus de Septiembre, sábado; reunida Corte general de Aragón en la villa de Alagón; Nos, Jaime, por l... |
| hasPart | Atentos también a que los Estatutos o Privilegios que se hicieron, si fueron buenos y beneficiosos al principio, pueden y tienen que modificarse lícit... |
| hasPart | Y, porque el Estatuto publicado por el Ilustrisimo señor Rey Jaime, de memorable recuerdo, sobre la seguridad y firmeza perpetua de la moneda laquesa,... |
| hasPart | Y aunque dicho estatuto o confirmación de la moneda fue de utilidad y salud para las gentes entonces, es muy dañina ahora debido a que por la escasez ... |
| hasPart | Por ello, Nos. Rey, tras prudente deliberación, con el consejo y voluntad de todos los antedichos, revocamos y anulamos por completo dicho Estatuto en... |
| hasPart | Y hecha esta revocacion y anulación, inmediatamente todos los Prelados, Religiosos. Procuradores de Religiosos, Barones, Mesnaderos, Caballeros y Proc... |
| hasPart | Nos suplicaron también que aseguremos la perpetua firmeza de dicha moneda Jaquesa, la que hay ahora y la que acuñemos Nos, con la misma ley, peso y fi... |
| hasPart | Y Nos, accediendo a las suplicas antedichas, otorgamos que haremos acuñar y aumentar dicha moneda Jaquesa con la misma ley, peso y figura que tiene la... |
| hasPart | Que haremos hacer el aumento de moneda con cuanto buen ánimo podamos hasta la cantidad citada en el plazo antedicho. |
| hasPart | Y, de inmediato, por la humilde súplica hecha a Nos, procedemos a la confirmación de dicha moneda, como nuestro abuelo la confirmó, en esta forma: |
| hasPart | En el nombre de Cristo, porque el estado y la seguridad de los Reinos tienen que proceder de El, que es Rey de Reyes y Señor de Señores, y después de ... |
| hasPart | Y puesto que entre los demás bienes temporales que necesita ra situación de la tierra, la más importante es la moneda de la que no pueden carecer los ... |
| hasPart | Por ello, a la humilde súplica hecha a Nos, con el consejo de todes los antecitados que suplican y ruegan que garanticemos firme seguridad a esta mone... |
| hasPart | establecemos a perpetuidad por Nos v nuestros herederos y sucesores que la moneda Jaquesa actual y la que Nos hagamos acuñar en el plazo antedicho con... |
| hasPart | Es decir, que no pueda ser destruida, modificada, disminuida o incrementada en el futuro ni por Nos ni por nuestros herederos ni sucesores, o acuñada ... |
| hasPart | Queremos, sin embargo. que Nos y nuestros sucesores tengamos el monedaje siempre a salvo, que lo podamos recibir y tener, y hacer recoger cada sicte a... |
| hasPart | Queremos que los Barones, Mesnaderos, Caballeros, Ciudadanos y hombres de las Villas tengan y reciban monedaje, como acostumbran a recibir, de todos s... |
| hasPart | Sin embargo, con esta retención nuestra de monedazgo no pretendemos mermar en algo de su derecho a Prelados, Religiosos, Barones, Mesnaderos, Caballer... |
| hasPart | Y para la perpetua firmeza de la moneda antedicha, en presencia de los hombres citados después, con la mano en los sacrosantos Evangelios y en la Cruz... |
| hasPart | Y, de inmediato, por nucstra voluntad, el Reverendo Jimeno, por la misericordia divina Obispo de Zaragoza, con el asentimiento de los Procuradores de ... |
| hasPart | Asimismo mandamos y prescribimos firme y rigurosamente a todos los antecitados que se han congregado en la Corte que por si y por sus sucesores, y los... |
| hasPart | Prometemos además de buena fe trabajar en la medida de nuestras fuerzas para que nuestra presente confirmación alcance del Sumo Pontífice la gracia de... |
| hasPart | Y nosotros, relacionados más abajo, Prelados, Religiosos, Barones, Mesnaderos. Caballeros. Procuradores de las Ciudades, Villas y Villorrios de Aragón... |
| hasPart | Asi, que todos los habitantes por cada casa, que valga lo suyo diez áurcos o más, estén obligados a entregaros a Vos y a vuestros sucesores sólo siete... |
| hasPart | Quremos, sin embargo, que con esta concesión nuestra no aumente vuestro derecho a percibir monedaje de aquellos de quienes no habeis acostumbrado a re... |
| hasPart | Sino que, Barones, Caballeros, Ciudadanos y hombres de las Villas y otros del Reino de Aragón reciban el monedaje de sus hombres, de los que ahora tie... |
| hasPart | Y de inmediato, nos el dicho Jimeno. Obispo de Zaragoza, fray P. de Soler sSobero, Castellá de Amposta, fray Dalmaz, Lugarteniente del Maestre de la o... |
| relation | Jaime Segundo. Alagón, 1307 |
| chronologicalVersionPage | f.47. |
| systematicVersionPage | 329a |