| description | Añadimos además que los oficiales que tienen tan sólo el poder de detener para remitir, si sucede que ellos o alguno de ellos hubiera hecho provisión de detener en caso en que según lo dispuesto en el presente Fuero pueden hacerlo, sin que les haya sido proporcionada la debida informacion, estén obligados a remitir el detenido al Juez, que haya de conocer sobre la causa y gseas competente, en menos de tres días a contar desde el día de la detención, |
| description | Adiicimus insuper, quod officiales habentes potestatem capiendi ad finem remitlendi, dumtaxa', si contingat per eos, aut aliquem corum factam esse provisionem de capiendo, in casu ubi secundum dispositionem preesentis Fori cam facere possini, non ministrata eis debita informatione, teneantur infra tres dies computandos à die captionis remittere dictum caplum Iudici de causa cognituro. |