🇪🇸 ES 🇬🇧 EN

🔗 phrase-8-402-1670

https://iaaa.es/cdfa/phrase-8-402-1670

🏠 Inicio

📋 Propiedades (3)

PredicateObject
descriptionCualquiera que sea la condición del deudor o del acreedor del bien obligado, los frutos tienen que imputarse siempre al capital de la deuda, no obstante pacto contrario añadido entre los contrayentes, una vez deducidos los gastos hechos por el acreedor en lo necesario y lo útil, o pagados, si el acreedor hubiera gastado más en la prenda de lo que percibio por los frutos del bien obligado.
descriptionCuinscumque conditionis fuerit debitor, vel creditor rei obligata, fruclus debent semper in sortem debiti compulari: pacto contrario inter contrahentes adhibito non obslante, deductis expensis à creditore factis in necessariis, & utilibus, vel refusis, si plus creditor expenderit in ipso pignore, quam de fructibus rei perceperit obligatæ.

🔗 Recursos Relacionados (1)

RecursoRelation
Prendas.hasPart