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🔗 phrase-2-75-683

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📋 Propiedades (3)

PredicateObject
descriptionPor ello, establecemos y ordenamos que en el futuro desde el punto en que quien hizo mención de documentos u otras escrituras hava mostrado estas por una vez en su primera copia en el juicio ante la parte contraria, contra la que se presentan o se alegan. y la parte contraria haya visto estos documentos o escrituras o. si no las ha visto, ha sido por su causa, la parte que las presenta o alega no quede obligada a mostrarlos más en su primera copia con tal que (a)<74a> se havan incluido en el proceso de la causa, incluso sin día ni año.
descriptionIdcirco statuimus, & ordinamus, quod ammodo ex quo mentionem faciens de instrumentis vel aliis scripturis, ipsa semel in sui prima figura exhibuerit in iudicio in præsentia partis adversæ, contra quam producuntur sive allegantur, ipsaque instrumenta sive scripturas pars adversa viderit, vel per ipsam steterit: pars casdem producens sive allegans, ipsas amplius in sui prima figura exhibere minime teneatur. Dummodo (a) in processu causa fuerint inserta, etiam sine die & consule.

🔗 Recursos Relacionados (1)

RecursoRelation
Documentos o escrituras mostradas en juicio una vez e incluidos en el proceso, no hay que mostrarlos más veces.hasPart